Comenzó a funcionar el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.

El mismo fue creado con la Ley 14701 y reglamentado por Decreto 1734/2022. La Disposición 27/2023 (y su modificación, Disposición 48/2023), dan inicio al Registro de Administradores de Consorcios de la Provincia de Buenos Aires (RPAC).

Aspectos más destacados a tener en cuenta:

  • ¿Quiénes deben inscribirse?: La inscripción es obligatoria para todas aquellas personas físicas o jurídicas que administren consorcios de propiedad horizontal. Se establecen diferencias entre administradores a título oneroso y administraciones gratuitas. También se incorpora una clasificación adicional de “administraciones familiares’ para aquellos familiares que administran una propiedad única, bajo el régimen de propiedad horizontal.
  • ¿Dónde hay que inscribirse?: El registro debe realizarse de manera digital, a través de Internet en el sitio https://www.gba.gob.ar/dppj/administracion-consorcios
  • ¿Cuándo hay que inscribirse? La Disposición 27/2023 establece 13 etapas de implementación para los 135 Municipios de la provincia de Buenos Aires, https://normas.gba.gob.ar/ar-b/disposicion/2023/27/356090. La disposición 48/2023 modifica la mencionada anteriormente dándole un plazo de 90 días de la fecha indicada anteriormente
  • ¿Qué requisitos debe presentar para inscribirse o renovar la matricula un administrador a titulo oneroso?
  • DNI, teléfono, email y domicilio en la provincia.
  • Constancia de Inscripción ante AFIP y ARBA
  • Certificado de antecedentes penales
  • Informe de Juicios Universales
  • Certificado de antecedentes personales
  • Aprobar un curso en Administración de Consorcios habilitado por la Provincia. (Si se puede acreditar que se ha desempeñado como administrador en la Provincia a título oneroso, durante al menos 5 años, quedan eximidos de acreditar el curso de capacitación.)
  • Listado de consorcios actualmente administrados
  • Si la inscripción la realiza una persona jurídica, deberá presentar un responsable técnico por cada 20 consorcios administrados (este responsable técnico debe cumplir los requisitos de un administrador oneroso).
  • Certificado de libre deuda del Registro de Deudores alimentarios morosos
  • ¿Qué requisitos la Administración para inscribirse o renovar la matricula un administrador a título gratuito?
  • Las administraciones gratuitas sólo deben presentar el acta de designación, DNI, teléfono, email y domicilio.
  • Los administradores gratuitos, a diferencia de los onerosos, no tienen obligación de hacer un curso en administración de consorcios.
  • El personal del Edificio deberá realizar cursos obligatorios de Seguridad e Higiene. Estos cursos serán de carácter obligatorio y podrán ser dictados solamente por SERACARH (Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para Trabajadores y Empleadores de Renta y Horizontal) o por FATERYH (Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal)
  • Otras consideraciones de importancia
  • Los libros deberán ser rubricados por un escribano público, quien será el encargado de tramitar la notificación al RPAC del libro rubricado que se ha rubricado.
  • La matrícula tiene una vigencia de un año, excepto para las administraciones familiares, que es de 5 años.
  • El medio oficial de comunicación de todo tipo, incluido el envío de liquidaciones de expensas, deberá realizarse mediante correo electrónico, excepto que el Consorcio en Asamblea establezca otro, por ejemplo redes sociales o whatsapp.
  • Si querés ampliar la Información, te recomendamos ingresar a: https://www.gba.gob.ar/dppj/comunicaciones/registro_p%C3%BAblico_de_administradores_de_consorcios_de_propiedad_horizontal

 

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